Directiva

ATEX 99/92/CE

Esta directiva está dirigida a todas las empresas en las que la manipulación de sustancias inflamables (harina, azúcar, cereales, café, madera, leche en polvo, carbón, papel, almidón, azufre, paracetamol, líquidos inflamables, gases explosivos…) pueden dar lugar a la formación de Atmósferas Explosivas y que, por ello, están expuestas a riesgos de explosión.

Algunos de los sectores afectados son:

  • Industria alimentaria.

  • Industria farmacéutica.

  • Industria química.

  • Compañías de generación de energía.

  • Compañías de suministro de gas.

  • Vertederos e ingeniería civil.

  • Locales de utilización de productos químicos inflamables.

  • Industrias de trabajo de la madera.

  • Talleres de pintura y esmaltado.

  • Agricultura.

  • Elaboración de metales.

  • Refinerías.

  • Empresas de reciclado.

  • Industria Textil.

Directiva

ATEX 2014/34

Esta directiva está dirigida a los fabricantes de equipos para ser usados en las instalaciones comentadas anteriormente, por ejemplo:

  • Filtros de mangas.

  • Transportadores sinfin.

  • Elevadores de cangilones.

  • Agitadores.

  • Bombas.

  • Reductores.

  • Secaderos.

  • Tamizadores.

  • Equipos de proceso.

  • Compresores de H2.

  • Skid de gas

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